La determinación se adoptó ante la gran cantidad de contribuyentes que adhirieron al régimen de regularización de deudas tributarias. La prórroga rige, por unica vez, hasta el lunes 30 de mayo.
Los contribuyentes del fisco provincial interesados en acogerse al Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas por obligaciones impagas correspondientes a los cuyos vencimientos hayan operado entre el 1º de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, podrán hacerlo hasta el lunes 30 de mayo, ya que la Agencia de Recaudación Fueguino dispuso prorrogar hasta esa fecha el plazo inicial que feneció a fines del mes pasado.
Según se indica en la Resolución 328, dictada el pasado viernes 29 de abril, la extensión para que se pueda formalizar el acogimiento al referido régimen se adoptó ante la gran cantidad de contribuyentes de adhesiones recibidas.
Para acompañar el proceso de reactivación de la actividad económica provincial que se registra luego de superada la etapa más restrictiva de la pandemia, el 20 de diciembre del año pasado la Legislatura aprobó por unanimidad un nuevo Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas por Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Alícuotas Adicionales al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos, Impuesto Inmobiliario Rural, Tasa de Verificación de Procesos Productivos y otras tasas, Cargos por Liquidación y honorarios profesionales de los abogados apoderados o recaudadores fiscales regulados y firmes judicialmente o liquidados administrativamente, cuyos vencimientos para el pago haya operado entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
Originalmente la ley estableció un plazo de 60 días corridos, a partir del 1 de marzo de 2022, para que los contribuyentes pudieran formalizar su adhesión al régimen, pero facultó a la AREF a prorrogar ese plazo por única vez por otros 30 días corridos.
En función de ello, los contribuyentes interesados podrán hasta fines de este mes adherir al régimen que contempla la regularización de deudas hasta en 60 cuotas mensuales, consecutivas e iguales con una tasa de interés de financiación de hasta el 2,5% mensual.
En función del plan de cuotas elegido varía el porcentaje de remisión de recargos e intereses, como así también la tasa de interés por financiamiento. Para la cancelación de deudas hasta en 3 cuotas se prevé la remisión del 100% de los recargos e intereses, y una tasa de financiación del 1,75%. Si se opta por planes de 4 a 12 cuotas, la remisión de recargo e intereses será del 80% y el interés por financiamiento del 2%. El plan de 13 a 24 cuotas contempla una remisión del 60 y un interés mensual del 2,25%, en tanto que el pago en 25 a 60 cuotas contempla un 40 % de remisión y un tasa del 2,5%.
FUENTE: edfm