La provincia resolvió que las empresas estatales provinciales y municipales no deberán transformarse en sociedades anónimas, como exige el decreto de necesidad y urgencia impulsado por el Gobierno nacional a fines de 2023. La decisión marca un precedente político y jurídico sobre la autonomía de los estados subnacionales.
El Ejecutivo fueguino resolvió que las Sociedades del Estado provincial y municipales continuarán funcionando bajo esa figura jurídica y no deberán transformarse en sociedades anónimas.
La medida fue adoptada a través de una resolución del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia provincial, que interpretó que la obligación dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70, dictado por el Ejecutivo Nacional en diciembre de 2023, solo alcanza a las empresas con participación estatal nacional, y no como lo evaluó la Inspección General de Justicia (IGJ) de la provincia al intimar a Ushuaia Integral Sociedad del Estado a presentar en 30 días la documentación correspondiente para su transformación, bajo apercibimiento de cancelar su inscripción.
Frente a esa intimación, la empresa interpuso un recurso administrativo cuestionando la validez y el alcance del decreto presidencial.
UISE argumentó que el DNU no fue ratificado por el Congreso Nacional y, por tanto, no alcanzó el rango de ley formal, lo que limita su aplicación a los ámbitos de competencia federal. Además, planteó que la derogación de la Ley 20.705 (que regula las Sociedades del Estado) no podía afectar a las entidades creadas por los estados provinciales o municipales, cuyas potestades de organización están garantizadas por la Constitución Nacional.
El Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia analizó las normas involucradas; el DNU 70/23, los Decretos 553/24 y 1120/24, la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 y la Ley Bases 27.742, sancionada en 2024. En su resolución, concluyó que la obligación de transformación solo resulta aplicable a las empresas con participación del Estado nacional. “De interpretarlo de modo diferente implicaría una franca contradicción entre los artículos 48 y 49 del DNU 70/23”, señala el texto. “Si todas las sociedades estatales debieran transformarse, el artículo siguiente carecería de sentido, ya que regula la fiscalización de aquellas que no deban hacerlo”.
El dictamen también destaca que la Ley Bases, aprobada con posterioridad al DNU, reconoce expresamente la existencia de sociedades estatales, lo que refuerza la vigencia de la figura creada por la Ley 20.705. En consecuencia, la resolución deja sin efecto la intimación cursada a UISE y dispone que la obligación prevista por el DNU no resulta aplicable en el territorio fueguino a las sociedades provinciales o municipales reguladas por la Ley Nacional 24.156.
Además, el Ministerio instruyó a la Inspección General de Justicia para que en adelante no inicie procesos de cancelación de inscripción de empresas estatales sin un dictamen jurídico previo y la conformidad de su máxima autoridad.
La decisión se conoció 24 horas después de las elecciones nacionales de medio término, en las que el oficialismo nacional obtuvo el triunfo en el distrito fueguino. En ese contexto político, la resolución adoptada por la gestión Melella adquiere un matiz institucional relevante, ya que Tierra del Fuego se convierte en la primera provincia que fija formalmente su posición frente al DNU, reivindicando su autonomía normativa frente a las disposiciones del Ejecutivo nacional.
Por ello, la medida podría tener impacto en otras jurisdicciones que mantienen empresas bajo la figura de Sociedad del Estado, como Santa Fe, Córdoba o Neuquén, y reaviva la discusión sobre los límites de la potestad normativa del Ejecutivo nacional frente a la autonomía de las provincias.
La resolución no solo plantea una diferencia de interpretación jurídica, sino que también constituye una clara señal política en un momento en que el vínculo entre la Casa Rosada y las provincias atraviesa un complicado escenario.
FUENTE: edfm