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Barajar y dar de nuevo: el Fiscal de Estado recomendó correcciones al nuevo convenio chino

El Fiscal de Estado calificó como “técnicamente pobre y precaria” la redacción del nuevo convenio con Tierra del Fuego Energía y Química S.A. y envió recomendaciones al gobernador de la provincia para hacer las correcciones necesarias. Falta claridad y hay “ambigüedad” en varias cláusulas, que no pueden quedar libradas a la interpretación de la justicia, ante la eventualidad de un nuevo conflicto judicial.

11:06 | 20/06/2025
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El Fiscal de Estado calificó como “técnicamente pobre y precaria” la redacción del nuevo convenio con Tierra del Fuego Energía y Química S.A. y envió recomendaciones al gobernador de la provincia para hacer las correcciones necesarias. Falta claridad y hay “ambigüedad” en varias cláusulas, que no pueden quedar libradas a la interpretación de la justicia, ante la eventualidad de un nuevo conflicto judicial. Hizo una extensa reseña de sus actuaciones en el primer acuerdo y de las sugerencias a las que se hizo caso omiso, dejando abierta la puerta a lo que terminó ocurriendo: un juicio multimillonario contra la provincia. Como se trata de un nuevo acuerdo, se deberá barajar y dar de nuevo, contemplando aspectos que son esenciales para la concreción del anuncio de inversiones.

El fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre hizo llegar a la Legislatura provincial la comunicación oficial 24/25, que también fue remitida al gobernador, y contiene un análisis del acuerdo con la empresa Tierra del Fuego Energía y Química S.A.

Allí realiza observaciones y recomendaciones del nuevo convenio chino, ante un contrato que califica como “técnicamente pobre y precario” en cuanto a su redacción. Cabe señalar que, como parte del acuerdo, el gobierno instruyó al Fiscal de Estado a presentar el convenio y solicitar el archivo de las actuaciones en la demanda de TEQSA contra la provincia, teniendo en cuenta que intervino en las acciones judiciales en representación de los intereses de Tierra del Fuego.

El fiscal aclara ante todo que no es su voluntad oponerse a la resolución del conflicto y mucho menos a futuras inversiones, pero, “de no corregirse las deficiencias advertidas, existe un riesgo cierto de frustración del contrato y de que surjan nuevos conflictos”.

A modo de resumen, menciona la falta de justificación suficiente de los importes comprometidos, la falta de estudios técnicos, dictámenes o estudios de factibilidad; no se incluyen cláusulas que regulen las consecuencias contractuales de hechos imprevisibles; no hay claridad sobre las consecuencias del incumplimiento; no se prevén mecanismos ágiles de resolución anticipada, siendo estos puntos parte de las observaciones hechas en 2009 con la firma del convenio chino.
El fiscal ya había advertido un posible perjuicio para la provincia, como ocurrió con la demanda de la empresa. No obstante, se omite todo mecanismo de revisión, readecuación o actualización de las prestaciones ante alteraciones sustanciales de las condiciones económico financieras del acuerdo, exponiendo a la provincia a incumplimientos contractuales, reclamos indemnizatorios y judicialización innecesaria, dice.

No hay plazos claros del desarrollo de las inversiones que tornen previsible el desarrollo contractual. No hay estructuras de monitoreo de la ejecución del acuerdo ni seguimiento técnico, jurídico y financiero, enumera el fiscal.
Califica a la estructura contractual como “técnicamente pobre y precaria” y sostiene que “a través del reciente convenio se agregan nuevas inconsistencias y vacíos legales significativos. Es un instrumento mal articulado y vulnerable”.
Hace una reseña de las diferentes intervenciones de la Fiscalía y adjunta esas actuaciones, en las que se remarcan las deficiencias del primer convenio chino y se advierte sobre las consecuencias negativas para la provincia. También consigna y sintetiza las intervenciones del Tribunal de Cuentas y sus objeciones. Es de destacar el nivel de detalle y correlatividad de los hechos detallados por el Fiscal, a quien le tocó actuar en la demanda, como se ha dicho en defensa de los intereses de la provincia.
Sobre la situación actual, considera el nuevo acuerdo como “una solución pragmática y eficiente, que evita prolongar el conflicto judicial”, pero además la ve como una “oportunidad” para enmendar los errores del pasado.

Por la redacción “ambigua e imprecisa” del acuerdo, recomienda al gobierno recurrir a un asesor especialista en la industria de los hidrocarburos y la energía.
Considera “esencial” incluir una cláusula que prevea el caso fortuito o la fuerza mayor. “Saber cómo se continúa ante estos eventos le da certeza a la provincia y también a la empresa que está comprometiendo una inversión multimillonaria”, señala.
Reclama “claridad con respecto a los aspectos procedimentales a cumplir, como la intervención del área Legal y Técnica”, dado que no se adjuntó su informe. Lo cierto es que “no hay informe técnico ni de prefactibilidad”.

Con respecto a las debilidades estructurales del acuerdo que se deben subsanar, menciona que se incorpora la obligación para la empresa de construir “una central termoeléctrica de 120 MW, que sería la mayor de la provincia. Luego de esto la empresa puede reanudar la construcción de la planta”, pero no hay detalle sobre la central eléctrica, salvo que funcionaría a gas.
Hoy no es posible entregar gas de regalías, que están comprometidas para el pago de la deuda externa, por lo cual la empresa deberá comprar el gas al mercado, compensando ese gasto con deducciones impositivas “que no se especifican”, subraya.

“No está claro si alcanzarán las compensaciones tributarias para cubrir los volúmenes de gas adquiridos”, lo cual podría dar origen a una acumulación de créditos fiscales por parte de la empresa. No se observa ningún precio de referencia en base al cual la provincia debería compensar a TEQSA.

Tampoco hay claridad sobre la forma en que la empresa transportará el gas que adquiera a la planta, para lo que sería necesario “un gasoducto de 60 kilómetros. No dice quién ni cómo lo van a ejecutar”, y por supuesto no hay aval del gobierno nacional que es requerido para este tipo de obras.

Observa que esta modalidad requiere de una “intervención previa del organismo recaudador”, que permita monitorear la legitimidad de cualquier deducción efectuada. También se requiere de la intervención del área de hidrocarburos para que certifique el volumen de gas entregado”, sugiere.
En materia de plazos, no existen. “No hay ningún plazo para iniciar la obra de la planta industrial y mucho menos para terminarla”. Como recomendó con el primer convenio chino, remarca que se debería contemplar “una cláusula de rescisión” por incumplimiento de la inversión en tiempo y forma.

Para la fecha en que ya la provincia pudiera contar con el gas de regalías, en 2030, se deben anticipar posibles contingencias, que no están contempladas. Como demostración de las consecuencias, cita el litigio que se pretende resolver con el acuerdo, originado en “un convenio que no tuvo en cuenta un mecanismo de solución de controversias”.
“A esta altura está claro que es imperdonable no prever de antemano las posibles contingencias que puedan suceder respecto del contrato como consecuencia de políticas nacionales sobre las cuales la provincia no tiene injerencia”, sostiene.

Puesto que TEQSA tendrá que comprar gas al mercado, observa que deberá celebrar contratos con las productoras, pero “los precios de gas en boca de pozo no están regulados”, por lo que no se sabe el valor de esas adquisiciones y su impacto en las exenciones tributarias prometidas. Sobre esto recomienda “incluir precios de referencia”.
Sugiere que se remita el acuerdo al Tribunal de Cuentas para su íntegro análisis, a efectos de evitar conflictos de interpretación económica, financiera y patrimonial.
Otro punto está referido a la necesidad de incluir un estudio de impacto ambiental de la construcción de la central termoeléctrica. Sobre la mano de obra a emplear, subraya que es uno de los objetos del proyecto la creación de puestos de trabajo, por lo que “deben preservarse las estipulaciones del contrato original”, que planteaban la inclusión de un 75% de ciudadanos argentinos.
En cuanto a la renuncia de la provincia al cobro de las multas a la empresa, que estaban consentidas y no eran parte de la disputa, considera que “no debe ser a título gratuito” y que forma parte de la ecuación económico financiera del contrato.

Por tratarse de un nuevo acuerdo, concluye que “el Ejecutivo tiene la oportunidad de enmendar las omisiones incurridas en anteriores circunstancias, en las cuales consiguió la aprobación de un convenio pero que, a la postre, al ser sumamente defectuoso y hacer caso omiso a las recomendaciones de este organismo, condujo al fracaso de la inversión auspiciada y a afrontar un juicio millonario que claramente se pudo haber evitado con la inserción de sólo tres renglones”.

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE: p23

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