Martes 04 de Noviembre de 2025, 10:54 hs.
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El gobierno de Gustavo Melella solicitó al Gobierno Nacional la derogación del decreto N? 929/2016, mediante el cual Mauricio Macri dispuso la creación de la Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados. Desde Tierra del Fuego consideran que dicho instrumento, es violatorio de la Constitución Nacional. “Avanza claramente sobre la autonomia fueguina”, sostuvieron desde el Ejecutivo provincial.
El gobernador Gustavo Melella instruyó al Ministerio de la Producción y Ambiente que envié formalmente el pedido de derogación del Decreto Nacional Nº 929/2016, firmado por Mauricio Macri, al considerar que el mismo “colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes nacionales y hasta la propia Constitución Nacional”.
A través del Ministerio de Producción y Ambiente, el Gobierno de Tierra del Fuego le pidió al Ministerio de Desarrollo Sostenible de la Nación, que derogue el Decreto Nacional N° 929/2016 por el cual se pretendió crear la Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo.
La determinación de avanzar en su derogación se fundamenta en que la iniciativa encarada por el gobierno de Macri, plantea "ilegitimidad e inconstitucionalidad" en desmedro de Tierra del Fuego.
"Ese Decreto es un avance ilegítimo sobre el territorio provincial, fue sancionado por el ex presidente Macri” y avalado por el silencio de la gestión anterior, afirmó la titular de la cartera provincial, Sonia Castiglione.
En ese sentido consideró que "claramente, este decreto nacional fue nocivo para Tierra del Fuego, ya que avanza claramente sobre la autonomía fueguina", por lo que se considera "fundamental" dar el paso de la derogación, algo que desde el Gobierno de Alberto Fernández se ve también con buenos ojos.
En una misiva enviada por la ministra Castiglione al ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Juan Cabandié, se advierte que el artículo 1º de dicho Decreto Nacional ..."es violatorio del artículo 54º, inciso 7º, último párrafo de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur; además de ello, es lesivo de la autonomía provincial y de los principios de la forma federal de gobierno reconocidos por la Constitución Nacional (artículos 1º y 41º, párr. 3º)".
Además menciona que en la Ley Nacional Nº 22.351, artículo 3º, se expresa que: “La creación de nuevos Parques Nacionales, Monumentos Naturales o Reservas Nacionales, en territorio de una Provincia, sólo podrá disponerse previa cesión de la misma a favor del Estado Nacional, del dominio y jurisdicción sobre el área respectiva.[...]”. Dicho procedimiento nunca se efectuó.
Por su parte, se advirtió que la Constitución provincial, en su artículo 2º, expresa que: “La  Provincia  tiene  los  límites  territoriales  y  los  espacios  marítimos  y aéreos que por derecho le corresponden, de conformidad con los límites internacionales de la República Argentina. Cualquier modificación de los límites deberá ser autorizada por ley especial aprobada por las tres cuartas partes de los miembros de la Legislatura y sometida a consulta popular”.
A su vez, el artículo 54º, inciso 7º, último párrafo, expresa que: “[...] Declárase a la  Isla  de  los  Estados,  Isla  de  Año  Nuevo  e  islotes  adyacentes,  patrimonio  intangible  y permanente  de  todos  los  fueguinos,  “Reserva Provincial   Ecológica,   Histórica   y Turística”.  Como  puede  observarse  la  Reserva  Provincial  tiene  reconocimiento constitucional.
Además, a través de diferentes instrumentos normativos se logra acreditar que existía con anterioridad al dictado del Decreto Nacional Nº 929/2016, una Reserva Provincial con reconocimiento constitucional. Dicha Reserva Provincial se creó mediante el artículo 54º, inciso 7º de la Constitución Provincial.
También  es  dable  mencionar  que,  la  Secretaría  de  Desarrollo  Sustentable  y Ambiente  de  la  Provincia,  por  Resolución  Nº  586/08,  creó  la Comisión Asesora de la Reserva Provincial Isla de los Estados, integrada por   el   Gobierno   Provincial,   la   Armada   Argentina,   el   Centro   Austral   de Investigaciones Científicas, Administración de Parques Nacionales y la Prefectura Naval.
Por su parte, la Constitución Nacional reserva a las Provincias el dominio originario de sus recursos naturales, al expresar en el artículo 124°, que:  "[...] Corresponde  a  las  provincias  el  dominio  originario  de  los  recursos  naturales existentes en su territorio". 
Ante ello, se entiende que el Gobierno Nacional tenía conocimiento de la existencia de la Reserva Provincial Isla de los Estados, por lo que no podía crear por “Decreto”, en forma ilegítima, una Reserva Natural de jurisdicción nacional en dicho territorio, sin que ello  generase  un  grave  daño  en  las  relaciones  inter-institucionales  entre  el  Gobierno Nacional y el Gobierno Provincial.
Frente a estos antecedentes normativos, desde el Gobierno provincial se entiende que el  Decreto  Nacional  Nº  929/2016,  colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes  nacionales y la propia  Constitución  Nacional.
FUENTE: edfm