El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur rechazó la suspensión del plazo que reclamaba la Fiscalía y declaró extinguida la acción penal por los hechos II y III. El debate oral continúa el 16 de octubre, limitado al hecho I.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur declaró extinguida por prescripción la acción penal por dos de los tres hechos que se le atribuyen al exrelator del Superior Tribunal de Justicia Marcelo Guzmán, y dispuso su sobreseimiento parcial. La resolución, firmada el 9 de octubre de 2026 en la causa N° 2413/23, llega a una semana del inicio del juicio y deja como único objeto del debate el hecho I del requerimiento de elevación a juicio.
Según informó el Poder Judicial, el debate oral y público comenzará el viernes 16 de octubre, a las 9. Guzmán está acusado de lesiones reiteradas agravadas por el vínculo, en un contexto de violencia de género, contra quien era su esposa Carla Kirstein, en una causa que tomó estado público en agosto de 2022. La causa está caratulada como lesiones graves agravadas y lesiones leves agravadas en concurso real. La Fiscalía estará representada por la fiscal de género María Paula Schapochnik y la defensa particular estará a cargo de Gabriel Ortega. El Tribunal está integrado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla.
Los hechos II y III fueron elevados a juicio como lesiones leves agravadas, delito cuya escala penal prevé un máximo de dos años de prisión y, por lo tanto, un plazo de prescripción de dos años. La defensa sostuvo que ese plazo transcurrió íntegramente desde la citación a juicio del 14 de marzo de 2023, sin otros actos que lo interrumpieran ni causales que lo suspendieran. La fiscal Schapochnik pidió rechazar el planteo y argumentó que correspondía aplicar el segundo párrafo del artículo 67 del Código Penal, que suspende la prescripción en los delitos cometidos en ejercicio de la función pública mientras alguno de sus partícipes siga en un cargo público. Recordó que Guzmán se desempeñaba como abogado relator del Superior Tribunal, con una categoría equiparada a la de juez de primera instancia, y que esa posición influyó en la decisión de la denunciante de no acudir inicialmente a la justicia. Invocó los precedentes "Calabroni", "Ríos del Monaco" y "Ramos" y formuló reserva de casación.
El Tribunal le dio la razón a la defensa. Explicó que el artículo 67 exige que el delito haya sido cometido en ejercicio de la función pública, y que la ley 25.188 amplió esa causal a cualquier delito cometido en ese contexto, con independencia del bien jurídico afectado, pero no eliminó el requisito. En este caso, indicó, los hechos atribuidos son presuntas agresiones físicas ocurridas en el ámbito de una relación interpersonal, y de la descripción del requerimiento de elevación a juicio no surge que se hayan ejecutado mediante atribuciones propias del cargo ni que guarden relación funcional con las tareas de Guzmán en el Poder Judicial. Pertenecer al Poder Judicial, concluyó, no alcanza por sí solo para suspender la prescripción.
Los jueces reconocieron la relevancia de lo expresado por la denunciante sobre su temor a denunciar y la asimetría de poder señalada por los organismos intervinientes, pero entendieron que esas circunstancias no convierten los hechos en delitos cometidos en ejercicio de la función pública. Sostuvieron que la Fiscalía confundió la posible influencia derivada de la posición institucional del imputado con el requisito que fija la ley. Agregaron que las actuaciones se iniciaron en 2022, cuando la acción por esos hechos estaba plenamente vigente, y que la Fiscalía no individualizó actos concretos con los que el imputado, valiéndose de sus atribuciones, hubiera obstaculizado el proceso. Sobre los precedentes, puntualizaron que "Ramos" (Fallos 338:1538) trató delitos atribuidos a un intendente en ejercicio de sus funciones, y que en "Calabroni" el Superior Tribunal de Chaco subrayó la necesidad de valorar la incidencia funcional efectiva sobre la persecución penal.
El fallo también repasa lo ocurrido desde la citación a juicio de marzo de 2023, el único acto interruptivo que identifica. Tras la fijación de la audiencia de debate, el 22 de septiembre de 2023, el proceso atravesó el rechazo de determinados medios de prueba, una propuesta de reparación integral que no contó con la conformidad fiscal, recursos de reposición y actuaciones vinculadas a un recurso de casación, una nueva propuesta de reparación integral formulada en octubre de 2024 y sustanciada hasta el 6 de mayo de 2025, la reanudación de las medidas preparatorias el 30 de mayo de 2025, la convocatoria de unos treinta testigos y planteos de recusación contra la fiscal. El Tribunal aclaró que esto no implica reproche alguno al ejercicio de las facultades procesales de las partes, pero afirmó que esas presentaciones, recursos y diligencias no interrumpen ni suspenden la prescripción, porque los actos interruptivos están taxativamente establecidos en el artículo 67. Tampoco admitió que la acción siga vigente por el solo hecho de que el trámite continuó. Verificado el transcurso íntegro del plazo de dos años, declaró la extinción y sobreseyó parcialmente a Guzmán por los hechos II y III.
La resolución se limita a la prescripción y no analiza si los hechos ocurrieron. Deja constancia, además, de que el proceso no afecta el buen nombre y honor de que hubiera gozado el imputado. La Fiscalía había formulado reserva de casación al pedir el rechazo del planteo, y el fallo no informa si recurrirá esta decisión.
Los testimonios
La defensa también se había opuesto a que seis testigos declaren por videoconferencia, modalidad dispuesta el 5 de octubre, por entender que afecta la inmediación, la oralidad y la contradicción.
El Tribunal mantuvo esa modalidad para Carla Kirstein y otras testigos que residen en otras provincias
Antecedentes del caso
El caso tomó estado público en agosto de 2022, cuando Carla Kirstein, instructora de pilates oriunda de Chaco y casada con Guzmán desde hacía doce años, difundió en redes sociales un video en el que relató lo ocurrido, mostró sus lesiones y dijo temer por su vida. Guzmán era entonces uno de los relatores del juez del Superior Tribunal Ernesto Löffler, cargo que ocupaba desde poco después de la asunción de este magistrado, en abril de 2021. Antes había sido legislador en la provincia de Córdoba y secretario del Juzgado Electoral de Tierra del Fuego entre 2012 y 2016.
A raíz de la denuncia fue apartado del cargo y la causa se inició en el Juzgado de Instrucción N° 1 de Ushuaia, a cargo del juez Javier De Gamas Soler. Mediante la resolución 36/2022, el Superior Tribunal dispuso su suspensión preventiva con una reducción del 60 por ciento de sus haberes brutos, según se informó entonces. La exgobernadora Fabiana Ríos, como abogada y dirigente feminista, manifestó que se pusieron a disposición de la denunciante.
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