De esta manera se formalizó la presentación de una acción de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia contra la Ley Provincial N.º 1626, mediante la cual la Legislatura había dispuesto dejar sin efecto la convocatoria a la reforma de la Constitución provincial.
La misma argumenta que la norma sancionada por la Legislatura vulnera principios esenciales como la supremacía constitucional y la división de poderes. Según el escrito presentado por la Fiscalía de Estado, un mecanismo de reforma constitucional ya habilitado bajo la Ley N.º 1529, y que se encontraba desplegando efectos jurídicos, no puede ser interrumpido de forma unilateral por una ley de carácter ordinario.
Además, el Gobierno advierte que la derogación genera incertidumbre sobre los actos administrativos ya cumplidos y afecta los derechos de participación política de la ciudadanía contemplados en la Constitución y en los tratados internacionales.
Asimismo, junto con el planteo de fondo, se solicitó el dictado de una medida cautelar que suspenda de inmediato los efectos de la Ley N.º 1626, con el objetivo de resguardar la seguridad jurídica y permitir la plena vigencia de la convocatoria original y su cronograma electoral.
Finalmente, se dejó expresamente formulada la reserva del caso federal para acudir, en instancia de apelación, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.