La Comisión Evaluadora, conformada en el marco de la Ley Provincial Nº 1466, emitió un comunicado en el que realizó una serie de precisiones sobre el proceso de selección de la persona que ejercerá el cargo de Defensor/a Provincial de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Tierra del Fuego y de los dos Defensores Adjuntos.
En el texto, el organismo recordó los fines con los que fue creado el órgano autónomo e independiente de los tres poderes del Estado: "velar por la protección y promoción de los derechos de las infancias y adolescencias fueguinas".
En ese marco, repasó que la ley establece que la selección de sus autoridades debe realizarse mediante un concurso público de antecedentes y oposición, "garantizando los principios de transparencia, publicidad, igualdad de oportunidades, idoneidad y mérito".
Y agregaron: "la Comisión está integrada por representantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con el objetivo de garantizar la pluralidad institucional, la independencia de criterio y el control recíproco durante todas las etapas del procedimiento."
Respecto de las postulaciones, desde la Comisión indicaron que los requisitos de admisión, la documentación exigida y las condiciones de presentación fueron establecidos antes de la apertura de la convocatoria y publicados oficialmente. En ese sentido, sostuvieron que "las decisiones sobre la admisibilidad de las candidaturas respondieron exclusivamente a la verificación objetiva del cumplimiento de esos requisitos y fueron aplicadas a la totalidad de las personas inscriptas".
La Comisión también remarcó que el concurso se encuentra en "una etapa preliminar" y que aún no se realizaron las instancias de oposición, entrevistas, evaluación integral de antecedentes, examen escrito ni la audiencia pública prevista con participación ciudadana. Por ese motivo, afirmaron que no existe ningún tipo de calificación u orden de mérito.
"Carece de sustento cualquier afirmación relativa a resultados predeterminados o decisiones previamente adoptadas respecto de las personas que eventualmente resultarán seleccionadas".
Además, aclararon que su función será únicamente proponer una posible terna, mientras que la selección final del Defensor o Defensora y de los adjuntos corresponde a la Legislatura provincial.
Asimismo informaron la solicitud formal de acompañamiento y monitoreo de la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación con el objetivo de "reforzar aún más la transparencia y la confianza pública en este proceso".
No obstante, señalaron que las observaciones, consultas o impugnaciones que cualquier postulante considere pertinentes las puede efectuar a través de los mecanismos formales expresamente previstos en la legislación. "Esa es la vía institucional adecuada para canalizar planteos concretos y fundados", subrayaron.
Finalmente, ratificaron el compromiso con "la legalidad, la transparencia, la publicidad de los actos, el respeto irrestricto de las reglas del concurso y la selección de las mejores candidaturas sobre la base del mérito, la trayectoria y la idoneidad".